Cómo preparar la muerte digital
Hoy des pues del día todos los recuerdos de una persona se almacenan de forma digital dentro de muchos dispositivos: fotografías, vídeos y documentos pueden encontrarse dentro de móviles, tablets, ordenadores y, dentro de poco tiempo, también dentro de gadgets y objetos inteligentes.
Además, sus redes sociales están plagadas de contenidos, de historias, de conversaciones...
¿Qué ocurre con todos esos bytes cuando alguien fallece?, ¿a dónde van?
A ninguna parte, a no ser que la persona en cuestión haya sido lo suficientemente precavida como para crear un testamento digital.
En España ya están empezando a fundarse empresas especializadas en servicios funerarios virtuales. Tellmebye, por ejemplo, prepara la transferencia de esos contenidos, pero también digitaliza servicios tradicionales como los obituarios o los libros de condolencias.
Cuando una persona realiza un testamento en una empresa como Tellmebye, los convierte en sus albaceas de contenido virtual. Así, cuando se comunica y se confirma el fallecimiento, el patrimonio digital se entrega a las personas a las que ha legado sus derechos, tanto contraseñas de cuentas como archivos.
Facebook, por ejemplo, en Estados Unidos ya permite que los usuarios seleccionen un heredero de la cuenta, para que éste la gestione o publique algún mensaje para anunciar el funeral. En los países en los que esto no es posible, la red social da la opción de informar del fallecimiento para convertir su perfil en una cuenta conmemorativa o eliminarlo definitivamente. Para ello, Facebook pide que realicemos una solicitud y aportemos el certificado de defunción.
Por su parte, Twitter permite eliminar la cuenta por medio del formulario de privacidad. Una vez enviada la solicitud, la red social se pone en contacto con nosotros y nos envía instrucciones por correo electrónico para que proporcionemos cierta información sobre el fallecido, una copia de su DNI y una copia de su certificado de defunción. Además, Twitter también ofrece un servicio relacionado con el derecho al olvido: eliminar imágenes o vídeos de personas fallecidas. La solicitud se rellena también en el formulario de privacidad, pero en esta ocasión será la red social quien decidirá si se elimina el contenido, dependiendo del interés público o el valor informativo.
Según cuenta a EL MUNDO Carlos Jiménez, creador de la startup, mediante acuerdos de colaboración con asociaciones, las personas afectadas por esta enfermedad que todavía no han entrado en el tercer grado (cuando pierden definitivamente la memoria), podrán crear una 'caja' de recuerdos virtuales. De este modo, cuando con el tiempo llegan a la fase severa, la asociación habla con Tellmebye y la empresa libera el contenido para entregárselo a los herederos, que podrán decidir qué hacer con el "banco de memoria" de su familiar.
http://www.elmundo.es/tecnologia/2015/10/31/5633c0c2ca4741bb188b461a.html
Además, sus redes sociales están plagadas de contenidos, de historias, de conversaciones...
¿Qué ocurre con todos esos bytes cuando alguien fallece?, ¿a dónde van?
A ninguna parte, a no ser que la persona en cuestión haya sido lo suficientemente precavida como para crear un testamento digital.
En España ya están empezando a fundarse empresas especializadas en servicios funerarios virtuales. Tellmebye, por ejemplo, prepara la transferencia de esos contenidos, pero también digitaliza servicios tradicionales como los obituarios o los libros de condolencias.
Cuando una persona realiza un testamento en una empresa como Tellmebye, los convierte en sus albaceas de contenido virtual. Así, cuando se comunica y se confirma el fallecimiento, el patrimonio digital se entrega a las personas a las que ha legado sus derechos, tanto contraseñas de cuentas como archivos.
Derecho al olvido
¿Y si alguien no ha hecho testamento digital?. Muchas personas se harán esta pregunta. Si un familiar ha fallecido y tiene cuentas abiertas en redes sociales ¿cómo puedo pedir su eliminación?.Facebook, por ejemplo, en Estados Unidos ya permite que los usuarios seleccionen un heredero de la cuenta, para que éste la gestione o publique algún mensaje para anunciar el funeral. En los países en los que esto no es posible, la red social da la opción de informar del fallecimiento para convertir su perfil en una cuenta conmemorativa o eliminarlo definitivamente. Para ello, Facebook pide que realicemos una solicitud y aportemos el certificado de defunción.
Por su parte, Twitter permite eliminar la cuenta por medio del formulario de privacidad. Una vez enviada la solicitud, la red social se pone en contacto con nosotros y nos envía instrucciones por correo electrónico para que proporcionemos cierta información sobre el fallecido, una copia de su DNI y una copia de su certificado de defunción. Además, Twitter también ofrece un servicio relacionado con el derecho al olvido: eliminar imágenes o vídeos de personas fallecidas. La solicitud se rellena también en el formulario de privacidad, pero en esta ocasión será la red social quien decidirá si se elimina el contenido, dependiendo del interés público o el valor informativo.
Derecho al recuerdo
La empresa catalana Tellmebye no sólo se dedica al sector funerario, también ayuda a personas con alzheimer a preservar sus recuerdos.Según cuenta a EL MUNDO Carlos Jiménez, creador de la startup, mediante acuerdos de colaboración con asociaciones, las personas afectadas por esta enfermedad que todavía no han entrado en el tercer grado (cuando pierden definitivamente la memoria), podrán crear una 'caja' de recuerdos virtuales. De este modo, cuando con el tiempo llegan a la fase severa, la asociación habla con Tellmebye y la empresa libera el contenido para entregárselo a los herederos, que podrán decidir qué hacer con el "banco de memoria" de su familiar.
http://www.elmundo.es/tecnologia/2015/10/31/5633c0c2ca4741bb188b461a.html
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